lunes, 11 de mayo de 2009

Actividad 7: Licencias Creative Commons - Raquel Xalabarder

Considero el documento que nos ocupa uno de los más esclarecedores de los que llevo hasta ahora. Explica en detalle los objetivos básicos de la licencias Creative Commons y explica un aspecto para mi fundamental: CC no es exactamente equivalente a libre distribución. Si bien es cierto que permite un gran grado de distribución en su vertiente menos estricta, siempre está fundamentado con una base de propiedad intelectual. Siempre se está repetando el creador de la obra, siendo él mismo el que establece los derechos con los que dota a la obra.

También se habla en el documento de un tema bastante interesante: ¿qué ocurre cuando se confía en una licencia CC fraudulenta? Esto ocurre, por ejemplo, cuando alguien dota de licencia CC a un documento del cual no es autor, haciendo que el resto de personas que accedan a dicho material consideren el documento como de CC y lo utilicen. En el texto se nos afirma que le correspondería al autor original de la obra luchan contra el autor fraudulento y el resto de personas que han usado dicho material. Sin embargo, ¿qué parte de culpa tienen estos últimos? Aparece aquí un punto escabroso a solucionar.

Destacar que estoy de acuerdo con algunos de los puntos negativos que se comentan: la no inclusión en la versión española de CC de los medios futuros (que puede traer consecuencias al cabo de los años) y, sobre todo, la posible falta de beneficios para el autor de los productos bajo licencia Creative Commons. Se ha comentado una posible solución de dotar a una obra con la vertiente más restrictiva de CC para, al darse un posible caso especial de explotación, el autor pueda obtener beneficios económicos. Recordemos que el autor sólo puede permitir y no prohibir usos plasmados en la licencia CC de su producto.

A mi parecer, habría intentado plasmas de una manera más directa el rédito económico de un producto dentro de su licencia Creative Commons. De esta manera la elección de una licencia u otra no haría que el autor fuese víctima de su propia licencia: si se buscan beneficios por el producto se decidiría así en la licencia CC. Es cierto que Creative Commons está a favor de la creatividad y de la facilidad de acceso a la información del usuario, pero esto no debería estar enfrentado a un modelo de negocio para obtener beneficios. La industria así funciona, por lo que un sistema también orientado a dichos aspectos habría facilitado una más rápida expansión del uso de CC en la sociedad.

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